Sentencia favorable en conflicto por cerramiento entre fincas: la Audiencia Provincial confirma la absolución de nuestro cliente

La Audiencia Provincial de Granada ha confirmado recientemente una sentencia favorable obtenida por el despacho en un procedimiento civil relacionado con un conflicto entre propietarios colindantes por la instalación de un cerramiento en una parcela privada.

La resolución, defendida por el letrado Mariano Vargas Aranda, desestima íntegramente el recurso presentado por la parte demandante y confirma la absolución de nuestro cliente, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

El origen del conflicto

El procedimiento tenía su origen en una demanda presentada por un propietario contra el titular de una finca colindante, al considerar que el cerramiento instalado junto a la separación entre parcelas incumplía la normativa urbanística y debía ser sustituido o modificado.

La parte actora solicitaba judicialmente:

  • la construcción de un nuevo cerramiento de obra;
  • o, subsidiariamente, la reducción de la altura del vallado existente;
  • además de la modificación de determinados elementos estructurales del cierre instalado.

 

La reclamación se sustentaba en supuestas infracciones urbanísticas y en una alegada peligrosidad de la instalación.

La clave del procedimiento: ausencia de perjuicio real acreditado

La defensa jurídica desarrollada por Mariano Vargas Aranda resultó determinante para centrar el procedimiento en los aspectos realmente relevantes desde el punto de vista jurídico y probatorio.

Durante el proceso quedó acreditado que:

  • el cerramiento se encontraba dentro de la propiedad del demandado;
  • existía licencia municipal;
  • no se acreditó una peligrosidad real de la instalación;
  • no existía invasión de la finca colindante;
  • ni tampoco molestias relevantes que justificaran la intervención judicial solicitada.

 

Además, los informes periciales practicados durante el procedimiento confirmaron que no concurría una situación de riesgo objetiva ni un perjuicio efectivo que legitimara la pretensión de obligar al propietario a sustituir el cerramiento existente.

La Audiencia Provincial confirma íntegramente la sentencia

Tras analizar la prueba documental y pericial practicada en el procedimiento, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la resolución dictada en primera instancia.

La sentencia considera especialmente relevante que:

  • no quedó acreditada una infracción urbanística con entidad suficiente;
  • no existía prueba concluyente sobre una situación de peligrosidad;
  • y tampoco se justificó una perturbación real del derecho del propietario demandante.


La resolución recuerda además que determinadas cuestiones relacionadas exclusivamente con el cumplimiento urbanístico corresponden, en su caso, al ámbito administrativo y no necesariamente al orden jurisdiccional civil.

La clave del procedimiento: ausencia de perjuicio real acreditado

La defensa jurídica desarrollada por Mariano Vargas Aranda resultó determinante para centrar el procedimiento en los aspectos realmente relevantes desde el punto de vista jurídico y probatorio.

Durante el proceso quedó acreditado que:

  • el cerramiento se encontraba dentro de la propiedad del demandado;
  • existía licencia municipal;
  • no se acreditó una peligrosidad real de la instalación;
  • no existía invasión de la finca colindante;
  • ni tampoco molestias relevantes que justificaran la intervención judicial solicitada.

Además, los informes periciales practicados durante el procedimiento confirmaron que no concurría una situación de riesgo objetiva ni un perjuicio efectivo que legitimara la pretensión de obligar al propietario a sustituir el cerramiento existente.

La importancia de la prueba pericial en conflictos entre vecinos

Este procedimiento pone de manifiesto la relevancia que tienen los informes técnicos y periciales en litigios relacionados con:

  • cerramientos;
  • medianerías;
  • vallados;
  • elementos comunes;
  • límites entre parcelas;
  • o supuestas alteraciones urbanísticas.

En este tipo de asuntos, no basta con alegar una posible irregularidad estética o constructiva. Resulta imprescindible acreditar de forma objetiva:

  • la existencia de un perjuicio real;
  • una afectación efectiva del derecho de propiedad;
  • o una situación de riesgo suficientemente probada.

Una defensa jurídica sólida frente a reclamaciones improcedentes

La resolución supone una nueva sentencia favorable para el despacho en materia de Derecho Civil y conflictos entre propietarios, reforzando la importancia de una estrategia procesal rigurosa y técnicamente bien fundamentada.

La actuación letrada desarrollada por Mariano Vargas Aranda permitió desmontar las pretensiones formuladas por la parte actora y sostener con éxito la validez jurídica de la instalación discutida.

La Audiencia Provincial no solo confirmó íntegramente la absolución de nuestro cliente, sino que además impuso las costas procesales a la parte recurrente.

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